Febrero 2026: Guia de obligaciones empresariales  

En SEIKLA sabemos que este segundo mes del año es decisivo: aquí se marca la diferencia entre una gestión ordenada y una que vive apagando incendios. 

Por eso, te compartimos una guía práctica y actualizada con las principales obligaciones contables, societarias, laborales y vehiculares que debes atender en este periodo. Cumplir a tiempo fortalece tu estructura empresarial, evita sanciones incensarías y te permite tomar decisiones claras desde el principio. 

EN EL ÁMBITO CONTABLE 

  1. Declaración Mensual de IVA:  
  • Presenta las operaciones correspondientes a enero. 
  • Aplica para personas naturales y sociedades que presten servicios y/o realicen transferencias o importaciones de bienes. 
  • Los sujetos pasivos inscritos en el régimen general declararán el IVA de las operaciones de manera mensual dentro del mes siguiente de realizadas. 
  • Fechas de vencimiento: 
  • Contribuyentes especiales: hasta el 10 de febrero. 
  • Sector público: hasta el 20 de febrero. 
  • Contribuyentes domiciliados en Galápagos: hasta el 28 de febrero. 
  • Demás contribuyentes: según noveno dígito del RUC, a partir del 10 de febrero. 
  1. Declaración Mensual de Retenciones en la Fuente del Impuesto a la Renta:   
  • Obligatoria para agentes de retención. 
  • Se presenta conforme al noveno dígito del RUC. 
  1. Anexo de Movimiento Internacional de Divisas (ISD):  
  • Lo presentan agentes de percepción y retención. 
  • Incluye operaciones del mes anterior relacionadas con transferencias, envíos o traslado de divisas al exterior. 
  • Fechas de vencimiento: 
  • Contribuyentes especiales: hasta el 11 de febrero. 
  • Sector público: hasta el 20 de febrero. 
  • Contribuyentes domiciliados en Galápagos: hasta el 28 de febrero. 
  • Demás contribuyentes: según noveno dígito del RUC, a partir del 10 de febrero. 
  1. Anexo de gastos personales (ejercicio fiscal 2025): 
  • Corresponde a una de las primeras obligaciones del año. 
  • Aplica para personas naturales que superaron la base imponible desgravada y utilizaron gastos personales para la determinación del Impuesto a la Renta. 
  • Su presentación permite respaldar correctamente las deducciones aplicadas en el ejercicio fiscal anterior. 
  • El calendario de presentación se organiza según el noveno dígito del RUC o cédula, con posibles ajustes por feriados o fines de semana. 
  1. Proyección de gastos personales (ejercicio 2026): 
  • Debe presentarse según el noveno dígito del RUC o cédula. 
  • Permite planificar adecuadamente las deducciones de gastos personales para el nuevo ejercicio fiscal y evitar inconsistencias futuras. 

EN EL ÁMBITO LABORAL 

  1. Pago de aportes al IESS:   
  • Corresponde a los aportes del mes de enero. 
  • Fecha límite: 15 de febrero de 2025. 

EN EL ÁMBITO VEHICULAR (AMT) 

  1. Revisión técnica vehicular (RTV):   
  • Obligatoria para todos los automotores registrados en la Base Úrica Nacional de Datos. 
  1. Matriculación vehicular: 
  • Durante febrero pueden matricularse los vehículos cuyo último dígito de placa sea el 1. 

Estar al día desde ahora te ahorra estrés, sanciones y decisiones apresuradas más adelante. 

En SEIKLA te acompañamos paso a paso con enfoque profesional, claro y sin sorpresas de último minuto. 

Contáctanos y agenda tu asesoría personalizada. 

Nota: Este blog es informativo y no sustituye asesoría profesional. Consulta con tu contador o asesor legal para definir el mejor plan de acción para tu negocio. 

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