Certificación como Operadores del Sistema Nacional de Contratación Pública para contratistas privados

La disposición reformatoria segunda de la Ley Orgánica Reformatoria del Código Orgánico Integral Penal en Materia Anticorrupción indica lo siguiente como una medida u opción de mejora de procesos: “ “Certificar a los servidores públicos de las entidades contratantes como operadores del Sistema Nacional de Contratación Pública, y a las personas interesadas en ingresar al servicio público, a fin de avalar sus conocimientos y habilidades. Todo servidor público que participa en las fases del procedimiento de contratación, deberá estar certificado conforme este numeral”.

La acreditación como operadores del SERCOP es obligatoria para los servidores públicos. Sin embargo, para contratistas privados o proveedores del Estado, es optativa la capacitación del personal de las empresas que actúan gestionando y generando los documentos necesarios para participar en las etapas precontractuales, y que realizan actividades durante la ejecución de contratos en coordinación con el administrador de la entidad contratante. Estas actuaciones son de vital importancia a la hora de velar por los intereses del contratista.  

Al respecto, la normativa no establece una prohibición de participación en los procesos de contratación pública para los contratistas del Estado que no cuenten con el certificado de operador del SERCOP. No obstante, la razón de ser de  la acreditación emitida por el Servicio Nacional de Contratación Pública es asegurar la suficiencia de conocimientos en contratación pública de los actores que participan en las distintas etapas. 

La falta de conocimientos sobre las obligaciones como proveedor del Estado, puede provocar deficiencia de procesos estratégicos, graves pérdidas económicas y aplicación de sanciones para el contratista, lo cual puede ser combatido a través de una capacitación previa en el qu  se observen los principios que rigen a esta materia, sus bases jurídicas, su régimen sancionatorio y en general las implicaciones legales que puede tener un contratista del Estado. 

A nuestra consideración, los conceptos más importantes que debe conocer el personal que actúa representando al proveedor o contratista frente a la contratación con el Estado son los siguientes: 

  • Uso de la plataforma del SERCOP y acreditación como Proveedor del Estado para personas naturales y jurídicas, incluyendo holdings y requerimientos específicos para estos últimos.  
  • Estrategias para revisión de pliegos, especificaciones técnicas y términos de referencia. 
  • Cálculo correcto en la aplicación de multas, misma que no se da únicamente frente a incumplimientos de plazos o términos. 
  • Responsabilidad de contratistas privados frente a la Contraloría General del Estado y la UAFE.  
  • Responsabilidad frente a subcontratistas y co-responsabilidad con el Estado. 
  • Aplicación y alcance de los casos de fuerza mayor y caso fortuito frente a obligaciones con el Estado. 
  • Terminación unilateral de contratos con el Estado. 
  • Prevención de la Declaratoria de Contratista Incumplido o Adjudicatario Fallido. 
  • Impugnación de resoluciones de la entidad contratante, plazos y estrategias. 
  • Convenios de Pago para reconocer el pago de las obligaciones generadas por la adquisición de los bienes y servicios prestados por proveedores del Estado

En ese sentido, SEIKLA ofrece asesoría en las distintas etapas que actúen los contratistas del Estado, así como capacitación al personal de proveedores del Estado con el fin de prevenir pérdidas innecesarias o inconvenientes legales para la empresa y sus representantes. 

Redactado por:

Josselyn Jácome López

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