MAYO 2026: GUÍA DE OBLIGACIONES EMPRESARIALES  

Mayo llego, y con este, una serie de obligaciones empresariales que deben cumplirse dentro de los plazos establecidos para evitar sanciones y mantener una correcta gestión. 

Dede Seikla te presentamos esta guía práctica con los principales compromisos que debes tener en cuenta durante este mes, para que puedas cumplirlos de forma clara, ordenada y sin complicaciones. 

EN EL ÁMBITO CONTABLE 

  1. Declaración patrimonial de personas naturales obligadas: En Ecuador, toda persona natural con residencia fiscal y un patrimonio superior a USD 238.040 debe presentar anualmente su declaración patrimonial en mayo, según el noveno dígito de su cédula o RUC, incluso si no realiza actividad económica. Esta declaración es informativa, pero obligatoria, e incluye el detalle de todos los activos (como dinero, inversiones, vehículos y derechos dentro y fuera del país) y pasivos. En caso de sociedad conyugal, puede ser conjunta o individual dependiendo de la titularidad de los bienes. El incumplimiento, presentación tardía o incompleta genera multas de entre USD 30 y USD 1.500, y la omisión de activos en el exterior puede acarrear sanciones de hasta el 10% de su valor. 
  1. Declaración Mensual de IVA:  Debes presentar la declaración mensual de IVA si eres persona natural o sociedad y si durante abril realizaste actividades gravadas con este impuesto, como la presentación de servicios, la venta o transferencia de bienes o la importación de productos.  

 Fechas de presentación: 

  • Contribuyentes especiales hasta día 11 
  • Sector público hasta el día 20 
  • Contribuyentes domiciliados en las Galápagos hasta el día 28 
  • Demás contribuyentes según noveno dígito del RUC desde el día 10 
  1. Declaración Mensual de Retenciones en la Fuente del Impuesto a la Renta:  Debes presentar esta declaración si durante abril actuaste como agente de retención del Impuesto a la Renta. Esto ocurre cuando pagas o acreditas valores a terceros por conceptos que constituyen ingresos gravados, como honorarios, servicios profesionales, arrendamientos, compras o pagos a proveedores. 

En estos casos, estás obligado a retener el impuesto correspondiente y declararlo ante el SRI dentro del mes siguiente. Incluso si no eres agente de retención habitual, si en algún momento emitiste una liquidación de compra de bienes o prestación de servicios, deberás realizar la retención y presentar la declaración. 

Fechas de presentación: 

  • Contribuyentes especiales hasta día 11 
  • Sector público hasta el día 20 
  • Contribuyentes domiciliados en las Galápagos hasta el día 28 
  • Demás contribuyentes según noveno dígito del RUC desde el día 10 
  1. Declaración del Impuesto a la Salida de Divisas:  Debes presentar la declaración de este impuesto si durante el mes realizaste trasferencias, envíos o traslado de divisas al exterior. Esta obligación aplica para los agentes de retención y percepción del ISD, así como los contribuyentes, que, en calidad de sujetos pasivos, hayan efectuado operaciones que generen este impuesto. 

Fechas de presentación: 

  • Contribuyentes especiales hasta día 11 
  • Sector público hasta el día 20 
  • Contribuyentes domiciliados en las Galápagos hasta el día 28 
  • Demás contribuyentes según noveno dígito del RUC desde el día 10 
  1. Anexo Transaccional Simplificado – ATS: Debes presentar el ATS si eres persona natural obligada a llevar contabilidad o sociedad. En este anexo se reporta de manera detallada toda la información de compras, ventas, retenciones, comprobantes anulados, exportaciones y demás transacciones realizadas en el giro del negocio. La fecha de presentación es según noveno dígito del RUC, desde el día 10. 
  1. Declaración del Impuesto a la Renta 2025 (RIMPE):  Si eres persona natural y perteneces al régimen RIMPE (ya sea como emprendedor o negocio popular), debes presentar tu declaración de impuesto a la Renta del año 2025. Es de manera obligatoria, incluso si no tienes valores que reportar. 
  • Si eres RIMPE negocio popular: Tu pago será determinado sobre los ingresos brutos del ejercicio fiscal.  
  • Si eres RIMPE Emprendedor: Aplica sobre los ingresos brutos gravados, operacionales y no operacionales, menos las devoluciones o descuentos comerciales que consten en el mismo comprobante de venta o nota de crédito. 

Fechas de presentación: 

  • Según noveno dígito del RUC desde el 10 de mayo de 2025. 
  • Contribuyentes domiciliados en las Galápagos hasta el día 28. 
  1. Anexo de Cuentas Financieras de No Residentes – CRS: Si tu empresa es considerada una Institución Financiera sujeta a reportar, estás obligado a presentar este anexo cada año, según el noveno dígito de tu RUC, a partir del día 10. 
  1. Anexo de dividendos, utilidades o beneficios – ADI: Si tu sociedad ha realizado distribución de dividendos o beneficios a socios o accionistas (luego de pagar el Impuesto a la Renta), debes presentar este anexo, según el noveno dígito de tu RUC, a partir del día 10. 

EN EL ÁMBITO LABORAL 

  1. Pago de aportes al IESS:  Si tienes trabajadores bajo relación de dependencia, debes realizar el pago de los aportes al IESS correspondiente al mes de abril 2026. La fecha límite de pago es hasta el día 15. 

EN EL ÁMBITO VEHICULAR (AMT) 

  1. Revisión técnica vehicular (RTV): Obligatoria para todos los automotores registrados en la Base Única Nacional de Datos. 
  1. Matriculación vehicular: Durante el mes de mayo deben realizar el proceso de matriculación los vehículos cuyo último dígito de placa sea 4. 

En Seikla ponemos a tu disposición un acompañamiento integral para que puedas gestionar correctamente tus obligaciones. Nuestro equipo te brinda soporte en cada etapa, asegurando que cumplas con los requerimientos contables, legales y societarios de forma ordenada y sin contratiempos. 

Nota: Este blog es informativo y no sustituye asesoría profesional. Consulta con tu contador o asesor legal para definir el mejor plan de acción para tu negocio. 

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