Abril llegó y con él varias obligaciones contables, societarias, laborales y vehiculares que deben cumplirse dentro de los plazos establecidos para evitar sanciones y mantener el correcto funcionamiento de tu empresa.
En Seikla te presentamos esta guía fácil y práctica con la información más importante que debes tener en cuenta durante este mes, para que puedas mantenerte al día y tomar decisiones con mayor seguridad y orden.
EN EL ÁMBITO CONTABLE
- Declaración Mensual de IVA: Debes presentar la declaración mensual de IVA si eres persona natural o sociedad y si durante marzo realizaste actividades gravadas con este impuesto, como la presentación de servicios, la venta o transferencia de bienes o la importación de productos.
Fechas de presentación:
- Contribuyentes especiales hasta día 11
- Contribuyentes domiciliados en Galápagos hasta el día 28
- Demás contribuyentes según noveno dígito del RUC desde el día 10
- Declaración Mensual de Retenciones en la Fuente del Impuesto a la Renta: Debes presentar esta declaración si durante marzo actuaste como agente de retención del Impuesto a la Renta. Esto ocurre cuando pagas o acreditas valores a terceros por conceptos que constituyen ingresos gravados, como honorarios, servicios profesionales, arrendamientos, compras o pagos a proveedores.
En estos casos, estás obligado a retener el impuesto correspondiente y declararlo ante el SRI dentro del mes siguiente. Incluso si no eres agente de retención habitual, si en algún momento emitiste una liquidación de compra de bienes o prestación de servicios, deberás realizar la retención y presentar la declaración.
Fechas de presentación:
- Contribuyentes especiales hasta día 11
- Sector público hasta el día 20
- Contribuyentes domiciliados en Galápagos hasta el día 28
- Demás contribuyentes según noveno dígito del RUC desde el día 10
- Declaración del Impuesto a la Renta 2025 sociedades: Si tu empresa es una sociedad, debes presentar la declaración anual del Impuesto a la Renta correspondiente al ejercicio fiscal 2025. Este impuesto se calcula sobre las utilidades obtenidas entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año anterior, y su presentación es obligatoria incluso si no se generaron utilidades.
La declaración se presenta tomando en cuenta el noveno dígito del RUC.
Fechas de presentación:
- Contribuyentes especiales hasta día 11
- Contribuyentes domiciliados en Galápagos hasta el día 28
- Demás contribuyentes según noveno dígito del RUC desde el día 10
- Declaración del Impuesto a la Salida de Divisas: Debes presentar la declaración de este impuesto si durante el mes realizaste trasferencias, envíos o traslado de divisas al exterior. Esta obligación aplica para los agentes de retención y percepción del ISD, así como los contribuyentes, que en calidad de sujetos pasivos, hayan efectuado operaciones que generen este impuesto.
Fechas de presentación:
- Contribuyentes especiales hasta día 11
- Contribuyentes domiciliados en Galápagos hasta el día 28
- Demás contribuyentes según noveno dígito del RUC desde el día 10
- Anexo Transaccional Simplificado – ATS: Debes presentar el ATS si eres persona natural obligada a llevar contabilidad o sociedad. En este anexo se reporta de manera detallada toda la información de compras, ventas, retenciones, comprobantes anulados, exportaciones y demás transacciones realizadas en el giro del negocio. La fecha de presentación es según noveno dígito del RUC, desde el día 10.
- Pago del impuesto del 1.5 por mil sobre los activos: Si eres persona natural obligada a llevar contabilidad o sociedad, debes pagar el impuesto del 1.5 por mil sobre los activos ante el municipio donde se encuentra domiciliada tu actividad económica. El pago debe realizarse dentro de los 30 día posteriores a la presentación de la declaración del Impuesto a la Renta.
En el ámbito Societario
- Reporte de ventas a crédito: Si tu compañía realiza ventas a crédito, son o sin intereses, debes reportar esta información al Registro de Datos Crediticios. Esta obligación aplica para las compañías sujetas al control y vigilancia de la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros.
En el mes de abril corresponde reportar la información del último trimestre (enero, febrero y marzo 2026).
- Presentación de Estados Financieros y Anexos e Informes de auditor externo, comisario y administrador: Si tu compañía esta sujeta al control de la Superintendencia de Compañías debes presentar los estados financieros correspondientes al ejercicio económico 2025.
La presentación incluye el balance general, estado de resultados, notas a los estados financieros, informe del administrador, informe del comisario cuando corresponda, e informe de auditor en los casos en que la compañía este obligada a contar con auditoria.
Fecha máxima de presentación hasta el 31 de abril de 2026.
EN EL ÁMBITO LABORAL
- Pago de aportes al IESS: Si tienes trabajadores bajo relación de dependencia, debes realizar el pago de los aportes al IESS correspondiente al mes de marzo 2026. La fecha límite de pago es hasta el 15 de abril.
- Pago de utilidades: Si tu empresa obtuvo utilidades durante el ejercicio económico 2025, debes distribuir el 15% de las utilidades liquidas entre los trabajadores que laboraron en ese período. Este pago es obligatorio y debe realizarse hasta el 15 de abril.
- Registro del pago de utilidades: Una vez realizado el pago de utilidades, debes registrar esta información en el sistema del Ministerio del Trabajo. Debe realizarse conforme al calendario establecido según el noveno dígito del RUC.
- Registro del pago de la décima cuarta remuneración (Región Costa e insular): Debes registrar el pago de la décima cuarta remuneración en el sistema el Ministerio del Trabajo, conforme al calendario establecido por la autoridad.
EN EL ÁMBITO VEHICULAR (AMT)
- Revisión técnica vehicular (RTV): Obligatoria para todos los automotores registrados en la Base Única Nacional de Datos.
- Matriculación vehicular: Durante el mes de abril deben realizar el proceso de matriculación los vehículos cuyo último dígito de placa sea 3.
Cumplir a tiempo también es una forma de hacer crecer tu empresa. Mantener todo al día no solo evita sanciones, también te permite tomar decisiones con tranquilidad y proyectar el crecimiento de tu empresa con seguridad.
En Seikla acompañamos a empresarios y emprendedores en el cumplimiento de sus obligaciones contables, legales y societarias, con un enfoque claro, preventivo y estratégico.
Nota: Este blog es informativo y no sustituye asesoría profesional. Consulta con tu contador o asesor legal para definir el mejor plan de acción para tu negocio.