¡Saludos, empresarios visionarios!
En SEIKLA sabemos que tu crecimiento depende del cumplimiento diario. Por eso, te presentamos la guía esencial de obligaciones de julio 2025, diseñada para que tu empresa se mantenga al día y funcionando con total normalidad.
EN EL ÁMBITO CONTABLE
- Declaración Mensual de IVA: Presenta las operaciones de julio según el noveno dígito del RUC dentro del calendario mensual.
- Declaración Mensual de Retenciones de Impuesto a la Renta
Agentes de retención: es hora de presentar las retenciones de julio, también según el noveno dígito del RUC. - Pago del impuesto predial urbano: a partir del 1 de julio, los propietarios de bienes inmuebles deben pagar este impuesto ante el municipio correspondiente. Ojo: aplica un recargo del 10% sobre el valor del impuesto causado.
- Informe de Cumplimiento Tributario (ICT): Contribuyentes auditados en el 2024 deben presentar el ICT entre el 10 y 28 de julio, mediante el portal del SRI, conforme al calendario por noveno dígito del RUC. Requiere firma electrónica.
- Declaración semestral de IVA para RIMPE: Contribuyentes RIMPE deben declarar el IVA del primer semestre (enero junio) entre el 10 y 28 de julio, según noveno dígito del RUC.
- Declaración Formulario Impuesto a la Salida de Divisas – Exportadores: Las divisas de exportaciones de bienes y servicios que no retornen al país se declaran y pagan acumulativamente cada año:
- Contribuyentes especiales: hasta el 11 de julio.
- Sector público: hasta el 20 de julio.
- Galápagos: hasta el 28 de julio 7Impuesto a la Renta Único a Operadores de Pronósticos Deportivos (IRUPD): A partir del 1 de julio de 2025, los operadores deben declarar y pagar el IRUPD mensualmente, mediante el formulario (Declaración de Retenciones en la Fuente del Impuesto a la Renta), según noveno dígito del RUC. Incluye las retenciones sobre premios.
- Operadores residentes: aplican normas del IVA vigentes.
- No residentes: sujetos a retención de IVA (o pueden optar por ser agentes de percepción).
- Demás contribuyentes: declaración a partir del día 10 según noveno dígito del RUC.
7. Anexo de Operaciones y Transacciones Financieras: Instituciones financieras supervisadas por la Superintendencia de Bancos presentan sus anexos correspondientes, según el mes subsiguiente y noveno dígito del RUC.
8. Anexo de Movimiento Internacional de Divisas (ISD): Agentes de percepción y retención deben declarar las operaciones cambiarias de junio.
EN EL ÁMBITO LEGAL
- Reporte de ventas a crédito: Las empresas vigiladas por la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros que realicen ventas a crédito (con o sin intereses) deben reportarlas al Registro de Datos Crediticios, parte del SNGR, hasta el 10 de julio.
EN EL ÁMBITO LABORAL
- Pago de aportes al IESS: Realiza los aportes de junio antes del 15 de julio de 2025. Evita multas y atrasos.
EN EL ÁMBITO VEHICULAR (AMT)
- Revisión técnica vehicular (RTV): Los automotores registrados deben pasar la RTV para renovar su permiso de circulación anual.
- Matriculación vehicular: Este mes corresponde matricular las placas que terminan en 6.
¡Tu cumplimiento impulsa tu éxito!
Estar al día con tus obligaciones contables, societarias, laborales y vehiculares fortalece la confianza de tu equipo y clientes, y reduce riesgos operativos.
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Nota: Este blog es informativo y no sustituye asesoría profesional. Consulta con tu contadara o asesora legal para definir el mejor plan de acción para tu negocio.